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Cuestionario de repaso sobre actos administrativos

Materia: Acto administrativo

Tipo de actividad: Dinámica interactiva en clase

Cuestionario (test) sobre actos administrativos (tipos, nulidad, eficacia, silencio, etc.)

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Descripción

Número de la ficha 05-01-001
Nombre de la experiencia Cuestionario de repaso sobre actos administrativos.
Autoría[1] Covadonga Isabel Ballesteros Panizo. Universidad Complutense.

GID MEDEA Iuris Innova

Breve descripción Cuestionario (test) sobre actos administrativos (tipos, nulidad, eficacia, silencio, etc.)
Fecha de la experiencia 20/05/20 Fecha de publicación en el repositorio Julio 2021
Titulación Grado en Derecho.
 Materia Acto administrativo
Nº idóneo de estudiantes Cualquier número de estudiantes
Objetivos: “con la experiencia pretendo…” A) Mejorar la docencia

–        Consolidar el aprendizaje de los estudiantes

–        Motivar a los estudiantes

–        Amenizar las clases

–        Aumentar la atención en las clases

–        Aumentar la constancia en el estudio

–        Aumentar la participación activa de los estudiantes

B) Mejorar la evaluación

–        Garantizar la probidad

–        Afinar/perfilar la evaluación del aprendizaje

–        Automatizar procesos de evaluación

–        Automatizar procesos de calificación

Competencias:

“la experiencia logrará que los estudiantes mejoren en…”

Localización de información jurídica

Comprensión lectora

–        interpretación normativa

Resolución de problemas

Características de la actividad

 

 

1.       Presencial – virtual – bimodal

2.       Colectiva – individual – combinada

3.       Activa

4.       Evaluable – no evaluable – ambivalente

5.       Revisión  de contenidos

6.       Comprobación del conocimiento.

Actividades

 

1.       Dinámica interactiva en clase: apps para móviles (Kahoot, Poll Everywhere, Socrative, Mentimeter…), preguntas (nearpod, backstage…), respuesta en papel (Plickers…), nubes de palabras (AnswerGarden…), etc.
Requisitos técnicos y materiales y otros condicionantes Tecnologías : estudiantes deben disponer de teléfono o tableta y descargarse la aplicación X para realizar el cuestionario en clase (Kahoot o cualquier otra similar)
Palabras-clave Cuestionario, acto administrativo, nulidad, silencio, eficacia, ejecutividad.

 

ENUNCIADO

 

1.       Los actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa:

a.       Son aquellos contra los que no cabe recurso alguno.

b.       Son aquellos que ponen fin al procedimiento administrativo y pueden impugnarse ante la vía administrativa y la vía contencioso-administrativa.

c.       Son aquellos que solo pueden recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

d.       Son aquellos que pueden recurrirse potestativamente en reposición o directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

2.       La nulidad de un acto administrativo:

a.       Implicará la nulidad de los sucesivos, en todo caso.

b.       En ningún caso implicará la de los sucesivos en el procedimiento.

c.       Implicará la nulidad de los sucesivos que sean dependientes del acto nulo.

d.       Ninguna de las anteriores.

 

3.       Los actos nulos y los actos anulables se diferencian, entre otros motivos, en que:

a.       Los actos nulos de pleno derecho no se pueden convalidar, y los anulables sí.

  1. Los actos anulables no tienen efectos hasta que se confirman como definitivos por la Administración, mientras que los actos nulos tienen efectos desde el momento de su aprobación.
  2. Los actos anulables solo se pueden recurrir mediante recurso extraordinario de revisión, mientras que los nulos se recurren mediante recursos ordinarios (alzada y reposición).
  3. Los actos anulables no agotan la vía administrativa, y los nulos sí.

 

4.       Cuál de los siguientes actos NO son actos nulos de pleno derecho:

a.       Actos dictados por órgano manifiestamente incompetente, por razón de la materia o del territorio.

  1. Actos de contenido imposible.
  2. Actos constitutivos de infracción penal o que se dicten como consecuencia de ésta.
  3. Actos que confirmen resoluciones anulables.

 

5.       La fórmula por la que las Administraciones públicas pueden anular sus propios actos administrativos, cuando incurran en nulidad radical o de pleno derecho es:

a.       La revocación

  1. La rectificación de errores
  2. La actuación defectuosa
  3. La revisión de oficio

 

6.       Los actos administrativos:

a.       Todos son siempre recurribles en vía administrativa o contencioso-administrativa, según los casos, porque no puede producirse indefensión al administrado.

  1. Sólo pueden ser recurridos si son expresos ya que en otro caso no es posible conocer su contenido siendo imposible su impugnación..
  2. Sólo pueden ser recurridos si son definitivos.
  3. Pueden ser recurridos si son definitivos y, en el caso de que sean de trámite, si son de trámite cualificados en los términos en los que estos son definidos por la LPAC.

 

7.       Los actos administrativos producen efectos:

a.       Desde el momento en que son publicados

  1. Desde el momento en que se resuelven
  2. En el momento en que se dictan, pero la eficacia podrá quedar demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación, o aprobación superior.
  3. Desde el momento en que se dictan.

 

8.       La ejecución subsidiaria procede cuando:

a.       El acto incumplido por la Administración consista en una obligación de “hacer”, pero que no sea personalísima.

  1. El acto incumplido por el administrado no consista en una obligación “de hacer”, pero que no sea personalísima.
  2. El acto incumplido por el administrado consista en una obligación “de soportar”
  3. La ejecución subsidiaria no conlleva ninguna exigencia previa.

 

9.       El silencio administrativo en un procedimiento de impugnación contra un acto presunto de la Administración en un procedimiento sobre el ejercicio del derecho de petición:

a.       Se entenderá desestimatorio.

b.       Se entenderá estimatorio

c.       Solo se entenderá estimatorio si pudieran derivarse del procedimiento facultades sobre el servicio o el dominio público.

d.       Todas las demás son erróneas.

 

10.   La inderogabilidad singular de los reglamentos:

a.       Significa que las Administraciones públicas, pueden derogar a través de sus actos administrativos singulares, lo establecido en aquellas disposiciones reglamentarias, siempre y cuando fueren ellas mismas las autoras del reglamento que pretenden vulnerar.

b.       Significa que ninguna norma reglamentaria puede derogarse por una norma del mismo rango.

c.       Significa que las disposiciones generales no pueden derogarse por resoluciones particulares.

d.       Ninguna de las otras respuestas es correcta

 

 

SOLUCIONES

1.       Los actos administrativos que ponen fin a la vía administrativa:

a.       Son aquellos contra los que no cabe recurso alguno.

b.       Son aquellos que ponen fin al procedimiento administrativo y pueden impugnarse ante la vía administrativa y la vía contencioso-administrativa.

c.       Son aquellos que solo pueden recurrirse ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

d.       Son aquellos que pueden recurrirse potestativamente en reposición o directamente ante la jurisdicción contencioso-administrativa.

 

SOLUCIÓN: D (art. 123 LPAC)

 

2.       La nulidad de un acto administrativo:

a.       Implicará la nulidad de los sucesivos, en todo caso.

b.       En ningún caso implicará la de los sucesivos en el procedimiento.

c.       Implicará la nulidad de los sucesivos que sean dependientes del acto nulo.

d.       Ninguna de las anteriores.

 

SOLUCIÓN:  C (art. 49 LPAC)

 

3.       Los actos nulos y los actos anulables se diferencian, entre otros motivos, en que:

a.       Los actos nulos de pleno derecho no se pueden convalidar, y los anulables sí.

  1. Los actos anulables no tienen efectos hasta que se confirman como definitivos por la Administración, mientras que los actos nulos tienen efectos desde el momento de su aprobación.
  2. Los actos anulables solo se pueden recurrir mediante recurso extraordinario de revisión, mientras que los nulos se recurren mediante recursos ordinarios (alzada y reposición).
  3. Los actos anulables no agotan la vía administrativa, y los nulos sí.

 

SOLUCIÓN: A (art. 52 LPAC)

 

4.       Cuál de los siguientes actos NO son actos nulos de pleno derecho:

a.       Actos dictados por órgano manifiestamente incompetente, por razón de la materia o del territorio.

  1. Actos de contenido imposible.
  2. Actos constitutivos de infracción penal o que se dicten como consecuencia de ésta.
  3. Actos que confirmen resoluciones anulables.

 

SOLUCIÓN: D (art. 47 LPAC)

 

5.       La fórmula por la que las Administraciones públicas pueden anular sus propios actos administrativos, cuando incurran en nulidad radical o de pleno derecho es:

a.       La revocación

  1. La rectificación de errores
  2. La actuación defectuosa
  3. La revisión de oficio

 

SOLUCIÓN: D (art. 106 LPAC)

 

6.       Los actos administrativos:

a.       Todos son siempre recurribles en vía administrativa o contencioso-administrativa, según los casos, porque no puede producirse indefensión al administrado.

  1. Sólo pueden ser recurridos si son expresos ya que en otro caso no es posible conocer su contenido siendo imposible su impugnación.
  2. Sólo pueden ser recurridos si son definitivos.
  3. Pueden ser recurridos si son definitivos y, en el caso de que sean de trámite, si son de trámite cualificados en los términos en los que estos son definidos por la LPAC.

 

SOLUCIÓN: D (art. 112 LPAC)

 

7.       Los actos administrativos producen efectos:

a.       Desde el momento en que son publicados

b.       Desde el momento en que se resuelven

c.       En el momento en que se dictan, pero la eficacia podrá quedar demorada cuando así lo exija el contenido del acto o esté supeditada a su notificación, publicación, o aprobación superior.

d.       Desde el momento en que se dictan.

 

SOLUCIÓN: C (art. 39 LPAC)

 

8.       La ejecución subsidiaria procede cuando:

a.       El acto incumplido por la Administración consista en una obligación de “hacer”, pero que no sea personalísima.

  1. El acto incumplido por el administrado no consista en una obligación “de hacer”, pero que no sea personalísima.
  2. El acto incumplido por el administrado consista en una obligación “de soportar”.
  3. La ejecución subsidiaria no conlleva ninguna exigencia previa.

 

SOLUCIÓN: A (art. 102 LPAC)

 

9.       El silencio administrativo en un procedimiento de impugnación contra un acto presunto de la Administración en un procedimiento sobre el ejercicio del derecho de petición:

a.       Se entenderá desestimatorio.

b.       Se entenderá estimatorio

c.       Solo se entenderá estimatorio si pudieran derivarse del procedimiento facultades sobre el servicio o el dominio público.

d.       Todas las demás son erróneas.

 

SOLUCIÓN: A (art. 24 LPAC)

 

10.   La inderogabilidad singular de los reglamentos:

a.       Significa que las Administraciones públicas, pueden derogar a través de sus actos administrativos singulares, lo establecido en aquellas disposiciones reglamentarias, siempre y cuando fueren ellas mismas las autoras del reglamento que pretenden vulnerar.

b.       Significa que ninguna norma reglamentaria puede derogarse por una norma del mismo rango.

c.       Significa que las disposiciones generales no pueden derogarse por resoluciones particulares.

d.       Ninguna de las otras respuestas es correcta.

 

SOLUCIÍON: C (art. 37 LPAC)

 

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[1] Las actividades se aportan por sus autores con la Licencia Creative Commons, en su modalidad “Atribución-NoComercial-CompartirIgual”, versión CC BY-NC-SA 4.0, y pueden ser reutilizadas en sus mismos términos; el resumen de las condiciones de la licencia puede consultarse aquí; y su texto completo en castellano, en este enlace.

Información adicional

Tipo de evaluación

Ambivalente, Evaluable, No evaluable

Competencias

Comprensión lectora, Interpretación normativa, Localización de información jurídica, Resolución de problemas

Materia

Actos administrativos

Número de estudiantes

0-10, 10-20, 20-30, 30-40, 40-50, 50-60, 60-70, 70-80, 80-90, 90-100, Cualquier número

Objetivos

Afinar/perfilar la evaluación del aprendizaje, Amenizar las clases, Aumentar la atención en las clases, Aumentar la constancia en el estudio, Aumentar la participación activa de los estudiantes, Automatizar procesos de calificación, Automatizar procesos de evaluación, Consolidar el aprendizaje de los estudiantes, Garantizar la probidad, Mejorar la docencia, Mejorar la evaluación, Motivar a los estudiantes

Presencialidad

Bimodal, Presencial, Virtual

Requisitos de la actividad

Requisitos tecnológicos específicos

Tipo de actividad docente

Dinámica interactiva en clase

Tipo de participación alumnado

Activa, Colectiva, Colectiva e individual, Individual

Titulación

Grado en Derecho

Tipo de trabajo requerido

Comprobación, Revisión de materiales