Sentencia del Tribunal de 22 de febrero de 2024. Personal laboral indefinido no fijo. Madrid

En los asuntos acumulados C-59/22, C-110/22 y C-159/22

«Procedimiento prejudicial — Política social — Directiva 1999/70/CE — Acuerdo Marco de la CES, la UNICE y el CEEP sobre el trabajo de duración determinada — Contratos de trabajo de duración determinada en el sector público — Personal laboral indefinido no fijo — Cláusulas 2 y 3 — Ámbito de aplicación — Concepto de “trabajador con contrato de duración determinada” — Cláusula 5 — Medidas que tienen por objeto prevenir y sancionar la utilización abusiva de sucesivos contratos o relaciones laborales de duración determinada — Medidas legales equivalentes»

Remitido por:

Secretaria AEPDA

Fecha publicación:

  • 23/02/2024

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